Actualizado en septiembre de 2026.
Para darte de alta como autónomo en 2026 necesitas dos trámites, en este orden: primero el alta en Hacienda con el modelo 036 (el 037 ya no existe), antes de empezar a facturar, y después el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a través de Import@ss, también antes de iniciar la actividad y con un máximo de 60 días de antelación. En el alta eliges epígrafe del IAE, código CNAE, mutua y base de cotización, y puedes pedir la tarifa plana de 80 € al mes. Te lo explicamos paso a paso.
Antes de empezar: lo que necesitas tener a mano
- DNI o NIE y, si eres extranjero, autorización para trabajar por cuenta propia.
- Identificación electrónica: certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Hace casi todo el proceso online.
- Número de afiliación a la Seguridad Social. Si ya has trabajado alguna vez, lo tienes.
- Una cuenta bancaria para domiciliar la cuota.
- Una idea clara de tu actividad: qué vas a hacer, dónde y cuánto prevés ganar el primer año.
Requisitos básicos que recoge la Seguridad Social: tener al menos 18 años, residir legalmente en España (o tener autorización de trabajo si eres extranjero) y realizar una actividad económica por cuenta propia de forma habitual.
Paso 1: elegir tu epígrafe del IAE y tu código CNAE
Antes de rellenar nada, define cómo se clasifica tu actividad. Hay dos códigos distintos:
| Código | Para qué sirve | Dónde se usa |
|---|---|---|
| Epígrafe del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) | Clasifica fiscalmente tu actividad: empresarial, profesional o artística | Modelo 036 (Hacienda) |
| Código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) | Clasificación estadística de la actividad | Alta en el RETA (Seguridad Social) y también en el 036 |
La diferencia entre epígrafe empresarial y profesional importa. Si tu epígrafe es profesional (el caso de muchos diseñadores, consultores o abogados) y facturas a empresas o a otros autónomos, en general tus facturas llevarán retención de IRPF. Si te equivocas, luego tendrás que corregirlo con un 036 de modificación.
Un detalle que tranquiliza: las personas físicas están exentas de pagar el IAE según la Ley de Haciendas Locales, pero aun así tienes que darte de alta en el epígrafe correspondiente. Si dudas entre varios, consulta el caso con una gestoría antes de presentar.
Paso 2: alta en Hacienda con el modelo 036
La declaración censal se presenta antes de iniciar la actividad. Desde el 3 de febrero de 2025, la Orden HAC/1526/2024 suprimió el modelo 037, así que el 036 es el único modelo para darte de alta, modificar datos o darte de baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. El programa de ayuda de la Agencia Tributaria solo te muestra los apartados que necesitas.
En el 036 indicarás, entre otras cosas:
- Tus datos identificativos y tu domicilio fiscal.
- La fecha de inicio de la actividad y el epígrafe del IAE.
- El lugar donde desarrollas la actividad (tu casa, un local, un despacho).
- El régimen de IVA (general en la mayoría de casos, o un régimen especial si procede) y si realizas operaciones intracomunitarias.
- El método de estimación del IRPF: directa simplificada, directa normal u objetiva (módulos), según tu actividad.
Con certificado digital o Cl@ve lo presentas en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. También puedes pedir cita en una oficina.
Paso 3: alta en el RETA a través de Import@ss
El alta en la Seguridad Social se pide antes de empezar a trabajar, con un máximo de 60 días de antelación. Se hace en Import@ss, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social. Si ya estás trabajando, puedes darte de alta igualmente, pero se considerará fuera de plazo y te expones a recargos.
En la solicitud te pedirán:
- El epígrafe del IAE y el código CNAE de tu actividad.
- La fecha de inicio y la dirección de la actividad.
- Tus rendimientos netos previstos, para asignarte un tramo de cotización.
- La base de cotización que eliges dentro de ese tramo.
- La mutua colaboradora que cubrirá tus contingencias profesionales y la incapacidad temporal.
- La cuenta bancaria para el cargo mensual.
- Las reducciones o bonificaciones que pidas, como la tarifa plana.
Cuánto pagarás depende del tramo. En 2026 siguen vigentes las tablas de 2025, con cuotas de entre 205,88 € y 1.606,88 € al mes. Lo tienes todo, con la tabla completa, en nuestro artículo sobre la cuota de autónomos en 2026.
Paso 4: pide la tarifa plana en el mismo momento del alta
Si es tu primera alta como autónomo, o no has estado de alta en los dos años anteriores (tres si ya la disfrutaste), puedes pedir la cuota reducida. Según la información oficial de la Seguridad Social para 2026, es de 80 € al mes durante los primeros 12 meses, y puedes prorrogarla otros 12 si prevés que tus rendimientos netos anuales serán inferiores al salario mínimo interprofesional (17.094 € al año en 2026).
Lo más importante: se solicita en el momento del alta. Si no marcas la casilla entonces, no podrás aplicarla después. Tampoco pueden acogerse los familiares colaboradores.
Resumen de plazos
| Trámite | Organismo | Plazo |
|---|---|---|
| Declaración censal (modelo 036) | Agencia Tributaria | Antes de iniciar la actividad |
| Alta en el RETA | Seguridad Social (Import@ss) | Antes de iniciar la actividad, con un máximo de 60 días de antelación |
| Tarifa plana | Seguridad Social | En la misma solicitud de alta |
| Cambios de base de cotización | Seguridad Social | Hasta seis al año, con efectos el día 1 de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero |
Después del alta: tus obligaciones fiscales básicas
Darse de alta es el principio. Desde ese momento tendrás que:
- Emitir facturas completas por tus servicios o ventas, con IVA cuando corresponda.
- Presentar el IVA trimestral (modelo 303) y el resumen anual (modelo 390), salvo que tu actividad esté exenta o en un régimen especial.
- Hacer los pagos fraccionados del IRPF (modelo 130) si estás en estimación directa. Los profesionales no están obligados si en el año anterior al menos el 70 % de sus ingresos de la actividad llevaron retención.
- Llevar los libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversión. Registrar bien tus gastos deducibles desde el primer mes te ahorrará dinero y sustos.
Si eres profesional y empiezas ahora, puedes aplicar una retención reducida del 7 % en lugar del 15 % general durante el año de inicio y los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido actividad profesional en el año anterior y se lo comuniques por escrito a tu cliente.
Si trabajas en Valencia: qué más tener en cuenta
Los trámites de Hacienda y Seguridad Social son estatales y se hacen igual en València que en cualquier otra ciudad, casi siempre online. Aun así, hay tres cosas locales útiles:
Asesoramiento gratuito en el PAE de València Activa
El Ayuntamiento de València, a través de València Activa, tiene un Punto de Atención al Emprendedor (PAE) que ofrece información sobre formas jurídicas, ayudas y Seguridad Social, y tramitación electrónica mediante el sistema CIRCE y el Documento Único Electrónico (DUE). El servicio es gratuito y funciona con cita previa.
Si abres un local, consulta el título habilitante
Si vas a abrir tu propio local o establecimiento, antes de empezar consulta en el Ayuntamiento qué licencia o declaración responsable necesita tu actividad. Si trabajas desde casa o en un espacio compartido, confírmalo con tu gestoría.
Dónde vas a trabajar
En el 036 y en el RETA tendrás que indicar dónde desarrollas la actividad. Muchos autónomos empiezan en casa y, cuando llegan los primeros clientes, buscan un sitio fijo para separar vida y trabajo. Si es tu caso, mira nuestra oferta de coworking para autónomos en el centro de València. Y si estás comparando opciones, te puede ayudar el artículo sobre coworking o trabajar desde casa.
También te interesa revisar las ayudas para emprendedores en Valencia antes de darte de alta: algunas exigen presentar la solicitud en plazos concretos respecto a la fecha de alta.
¿Acabas de darte de alta? En Cowork Inside tienes puesto en un loft junto al Mercado Central, internet de alta velocidad y salas de reuniones para recibir a tus primeros clientes. Media jornada desde 140 € + IVA al mes.
Preguntas frecuentes
¿Qué va primero, Hacienda o Seguridad Social?
Lo habitual es presentar primero el modelo 036 en Hacienda, porque en el alta del RETA te piden el epígrafe del IAE. Ambos trámites deben hacerse antes de empezar la actividad.
¿Sigue existiendo el modelo 037?
No. La Orden HAC/1526/2024 lo suprimió con efectos desde el 3 de febrero de 2025. Ahora todas las altas, modificaciones y bajas censales se hacen con el modelo 036.
¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo?
Los trámites son gratuitos si los haces tú o en un PAE público. El coste es la cuota mensual: 80 € al mes con la tarifa plana el primer año, o la que corresponda a tu tramo de rendimientos (desde 205,88 € al mes en 2026).
¿Puedo darme de alta con fecha anterior si ya he empezado a trabajar?
Puedes darte de alta, pero la Seguridad Social lo considerará fuera de plazo. Para ese periodo cotizarás, según la información de las gestorías especializadas, por la base mínima del tramo 1 de la tabla general, y las cuotas pueden llevar recargo. Consulta tu caso concreto con una gestoría.
Fuentes
- Agencia Tributaria: modelo 036, declaración censal
- Import@ss: alta en trabajo autónomo
- Seguridad Social: nuevo sistema de cotización para autónomos
- Seguridad Social: reducciones y bonificaciones para autónomos
- BOE: Orden PJC/297/2026, normas de cotización para 2026
- BOE: Real Decreto 126/2026, salario mínimo interprofesional para 2026
- Agencia Tributaria: retenciones en actividades económicas
- València Activa: Punto de Atención al Emprendedor